viernes, 11 de julio de 2025

Servidor de correo hotmail.com presentó fallas recientemente.

El servidor de correo hotmail.com presentó fallas recientemente. Por esta razón, si durante ese período el SRI emitió notificaciones, les recomendamos ingresar con su RUC, usuario y contraseña en la página oficial del SRI para verificar directamente cualquier comunicación pendiente.


Anulación de comprobantes electrónicos

 nuevas disposiciones emitidas por el Servicio de Rentas Internas (SRI) del Ecuador en relación con el proceso de anulación de comprobantes electrónicos, vigentes desde el 1 de agosto del 2025.

De acuerdo con la normativa actualizada, se establece que:

  1. Los comprobantes de venta, de retención y documentos complementarios, electrónicos, se podrán anular en línea hasta el día 10 del mes siguiente al de su emisión, cuando esa fecha coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, se podrán anular hasta el siguiente día hábil.
  2. Superado este plazo, los comprobantes de venta electrónicos se podrán anular únicamente mediante el uso de notas de crédito, conforme lo señalado en el artículo 5 de la presente Resolución.
  3. Las facturas electrónicas emitidas con la leyenda “consumidor final” no se podrán anular una vez emitidas y transmitidas al Servicio de Rentas Internas. En estos casos, no procede la emisión de notas de crédito. 
  4. Los comprobantes de retención, notas de crédito y notas de débito  requieren de la aceptación del receptor para proceder con su anulación; para lo cual el receptor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles a partir de la fecha de la solicitud de anulación, para aceptarla o rechazarla. En caso de no recibir respuesta dentro de dicho plazo, la solicitud quedará sin efecto y se mantendrá la validez del comprobante electrónico.  
Fuente RESOLUCIÓN NRO. NAC-DGERCGC25-00000014 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS 

El valor establecido por la declaración del Impuesto a la Renta

 El valor establecido por la declaración del Impuesto a la Renta considera el trabajo realizado durante todo el período fiscal. No se trata solo de llenar un formulario, sino de un proceso que incluye:


- Elaboración de balances mensuales y el balance final del año.  

- Cuadres y revisiones contables, incluyendo transacciones no deducibles.  

- Revisión detallada de información tributaria para asegurar el cumplimiento con el SRI.  

- Asesoría técnica y responsabilidad legal, ya que el contador firma y respalda dicha declaración frente a las autoridades.


Este servicio se cobra como mínimo a todos los clientes, ya que refleja la carga técnica y legal asumida, incluso si la declaración resulte sin valor a pagar.

La importancia de la responsabilidad que implica la firma de un contador en los balances y declaraciones tributarias

 Quisiera recordarte la importancia de la responsabilidad que implica la firma de un contador en los balances y declaraciones tributarias de una empresa. Al firmar, el contador no solo respalda la veracidad de la información, sino que también asume responsabilidad legal ante el SRI y otros organismos de control.


Cualquier inconsistencia o inclusión de valores no deducibles puede generar observaciones, sanciones o incluso problemas legales, tanto para el representante legal de la empresa como para el contador firmante. Por eso, es fundamental trabajar con información real, comprobable y dentro del marco de la normativa tributaria vigente.

Sí puede ser válido un certificado médico de reposo de 2 días sin el sello del IESS, siempre y cuando:

 - Lo emite un profesional de la salud calificado (médico con título y registro SENESCYT).

- Contiene los datos completos del paciente, diagnóstico, fechas de reposo, firma y sello del médico tratante.


Sin embargo, para justificar ausencias laborales o trámites ante el IESS, lo ideal es que el certificado provenga de una unidad médica afiliada al IESS o tenga su respaldo. En casos de control laboral, los empleadores a veces exigen que esté validado por el IESS o presentado allí para que sea aceptado oficialmente.


Recomendación: si el reposo fue fuera del IESS, acércate a validar el certificado en una unidad del IESS para evitar problemas con justificaciones futuras.

Ultima Semana

Ultimo mes

Más Noticias